El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy, 30 de septiembre, el Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.
En materia de transporte, se prorroga, para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2026, la ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el precio del gasóleo consumido por los titulares de los vehículos que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional.
Durante el mes de octubre, el importe de la ayuda ascenderá a 20 céntimos de euro por cada litro de gasóleo utilizado como carburante en el motor de los vehículos citados en el apartado 2 del artículo 52 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, mientras que en los meses de noviembre y diciembre, aunque se prorrogarán las ayudas, las cantidades a devolver dependerán de la evolución del precio del gasoil.
Paralelamente, se establece una ayuda directa extraordinaria y temporal para sufragar el precio de los carburantes consumidos por profesionales del transporte terrestre por carretera que, respecto de determinados de sus vehículos, no puedan ser beneficiarios de la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional. Serán beneficiarios de esta ayuda los titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE, los titulares de autobuses urbanos y los titulares de una autorización de transporte de la clase VT a la que se encuentre adscrito un taxi adaptado o Eurotaxi que no figuren inscritos en el Censo de beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional.
El importe individual de la ayuda se determinará atendiendo al número y tipo de vehículo, y se multiplicará, también atendiendo al carburante que utilice cada vehículo, por los coeficientes previstos cuando, como consecuencia de la variación del IPC del gasóleo, resulten de aplicación en noviembre y diciembre los tipos de gravamen previstos en el mecanismo de salvaguarda (comprobar tabla específica que aparece en la publicación).
Enlace al texto de la publicación: https://boe.es/boe/dias/2026/09/30/pdfs/BOE-A-2026-20265.pdf (Páginas 46 a 52).