Desde el 5 de octubre, el Documento de Control Administrativo (DeCA) debe estar digitalizado en los servicios de transporte público interior de mercancías por carretera.
El DeCA digital no supone la creación de un documento administrativo diferente. Se trata de adaptar al formato electrónico el documento de control que ya se utiliza para acreditar las condiciones de cada operación de transporte.
Esta obligación afecta al transporte público interior de mercancías por carretera, es decir, a los transportes cuyo origen y destino se encuentran en España, con las particularidades previstas legalmente. Están excluidos aquellos que realicen transportes de vehículos accidentados o averiados y determinados servicios de paquetería y reparto de envíos de reducido número de bultos que puedan ser manipulados por una persona sin ayuda adicional.
El documento de control debe formalizarse, con carácter general, por cada envío en el que se materialice un contrato de transporte público de mercancías.
El DeCA seguirá recogiendo la información habitual: identificación del cargador y del transportista, origen y destino, tipo y peso de la mercancía, fecha del servicio y matrícula del vehículo. También deberá incluir las autorizaciones especiales cuando sean necesarias.
La responsabilidad se reparte entre el cargador contractual y el transportista efectivo, cada uno respecto a los datos que le corresponden.
El cambio principal no está en los datos que debe llevar el documento, sino en cómo se genera, se comparte y se conserva. Para los autónomos, anticiparse y contar con una herramienta adecuada será fundamental para evitar problemas en los controles de carretera.