Publicado en BOE la prórroga de 1 año para entrada en vigor de Verifactu

Estaba previsto que fuese obligatorio a partir del 1 de enero de 2026 para empresas con una facturación inferior a seis millones de euros, y desde el 1 de julio de ese mismo año para más de 3,4 millones de autónomos.

Ahora esos plazos se alargan un año, por lo que se les exigirá a partir del 1 de enero de 2027 para empresas con una facturación inferior a seis millones de euros, y desde el 1 de julio de ese mismo año para más de 3,4 millones de autónomos.

VeriFactu es la abreviatura de «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» y se trata, como indica su nombre, de un sistema de verificación de facturas electrónicas impulsado por la Agencia Tributaria para combatir el fraude fiscal y fomentar la transparencia en la gestión, contabilidad y facturación de empresas y autónomos. Impulsado por la Ley Antifraude, el aspecto más importante es la obligación de emitir facturas mediante un software que permita enviar la información directamente a la AEAT.

Pero además de evitar las prácticas fraudulentas, como la omisión de facturas o la alteración de las facturas de venta una vez expedidas, tiene como objetivo contribuir a estandarizar y modernizar los sistemas informáticos empresariales, avanzando en la digitalización de los empresarios y profesionales.

Retraso de reglamento Verifactu

Disposición 24446 del BOE núm. 290 de 2025

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-noticias/2025/diciembre/3/ampliacion-plazo-adaptacion-sistemas-informaticos-facturacion.html

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