Esto significa que las furgonetas que cruzan fronteras quedan sujetas a los mismos controles que un tráiler: registro de tiempos de conducción y descanso, control de velocidad y cumplimiento normativo de la Unión Europea.
La medida busca armonizar las condiciones laborales en el transporte por toda Europa, evitar competencia desleal entre quienes cumplen la normativa y quienes no, combatir el fraude en tiempos de conducción y descanso, y reforzar la seguridad vial.
¿A qué vehículos afecta?
- Alcance: Vehículos ligeros de entre 2,5 y 3,5 toneladas de MMA (masa máxima autorizada).
- Requisito: Solo los que realizan transporte internacional (cruce de fronteras dentro de la UE y terceros países).
Fecha: La obligatoriedad entra en vigor el 1 de julio de 2026.
Si tu furgoneta solo hace transporte nacional, no estás obligado a instalar un tacógrafo.
Contexto normativo: el Reglamento (UE) 165/2014
La Unión Europea aprobó este reglamento para modernizar el control del transporte por carretera. El objetivo es que todos los vehículos que realizan transporte internacional, incluidas ahora las furgonetas ligeras, utilicen el mismo estándar de tacógrafo inteligente, eliminando las diferencias entre vehículos pesados y ligeros en cuanto a control y transparencia.